Simplifica IRS proceso del ERC

IRS extiende plazo para revisar apelaciones. /Foto: Cortesía IRS

Crédito por Retención de Empleados, con el fin de evitar litigios relacionados con reembolsos.
Por PF Staff
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Washington, DC. – El Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) anunció una nueva y simplificada manera para que los contribuyentes extiendan el plazo que tienen el IRS y la Oficina Independiente de Apelaciones del IRS para revisar la respuesta de un contribuyente a la denegación de una reclamación del Crédito por Retención de Empleados (ERC), con el fin de evitar litigios relacionados con reembolsos.
Cuando el IRS deniega una reclamación del ERC, los contribuyentes reciben una Carta 105-C o 106-C. Por lo general, estos contribuyentes afectados disponen de dos años, a partir de la fecha de dicha carta, para resolver su reclamación por vía administrativa o para presentar una demanda de reembolso ante un tribunal federal si no están de acuerdo con la decisión del IRS. Los contribuyentes pueden impugnar la denegación del IRS ante la Oficina Independiente de Apelaciones del IRS; sin embargo, este trámite no extiende el plazo legal de dos años.
Una vez finalizado el período de dos años, el IRS no puede emitir un reembolso, incluso si posteriormente falla a favor del contribuyente tras revisar la denegación. El plazo varía según la fecha de la carta original 105-C o 106-C.
El IRS es consciente de que algunos contribuyentes se están acercando al final de este período de dos años y, por ello, ofrece una nueva vía para que soliciten más tiempo —ya sea para resolver sus reclamaciones por vía administrativa o para presentar una demanda— mediante la presentación del Formulario 907, Acuerdo para extender el plazo para presentar una demanda (Agreement to Extend the Time to Bring Suit), siempre que cumplan con las dos condiciones siguientes:
Que el contribuyente esté a la espera de que el IRS considere su respuesta al aviso de denegación contenido en la Carta 105-C o 106-C; y
Que al contribuyente le queden seis meses o menos antes de que expire su período de dos años.
Solicitud de más tiempo para presentar una demanda o resolver la reclamación por vía administrativa
Según la legislación vigente, el IRS y un contribuyente pueden acordar por escrito extender el plazo para presentar una demanda, siempre que ambas partes firmen el Formulario 907 antes de que expire el período de dos años. Un Formulario 907 debidamente completado y firmado otorga al IRS más tiempo para considerar la denegación por vía administrativa y concede al contribuyente más tiempo para presentar una demanda, en caso de ser necesario. A partir de hoy, los contribuyentes a quienes les queden seis meses o menos para presentar una demanda, y que estén a la espera de que el IRS considere su respuesta de desacuerdo a la Carta 105-C o 106-C, pueden enviar el Formulario 907 para solicitar una prórroga a través de la Herramienta de Carga de Documentos del IRS (IRS Document Upload Tool), visitando IRS.gov/DUTReply y seleccionando el aviso «CP320B» en el menú desplegable.

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